Itinerario de interés general (vialéxico)
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Aquéllos en los que concurre alguna de las siguientes circunstancias:
Formar parte de los principales itinerarios de trafico internacional, incluidos en los correspondientes convenios.
Constituir el acceso a un puerto o aeropuerto de interés general.
Servir de acceso a los principales pasos fronterizos.
Enlazar las Comunidades Autónomas, conectando los principales núcleos de población del territorio del Estado de manera que formen una red continua que soporte regularmente un tráfico de largo recorrido. (Ley 25/88 de Carreteras)