Tecniberia
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Con la denominación de TECNIBERIA, ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE EMPRESAS DE INGENIERÍA, CONSULTORÍA Y SERVICIOS TECNOLÓGICOS, se constituye una ASOCIACIÓN, sin ánimo de lucro, que goza de personalidad jurídica propia y de plena capacidad de obrar. Al amparo de la ley 19/1977 de 1 de Abril y Decreto 873/77 de 22 de Abril, que regula el derecho de asociación empresarial y de conformidad con las disposiciones que le sean aplicables de la L.O. 1/2002 de 22 de Marzo.
Contenido |
Objetivos
Constituyen como objetivos primordiales de la Asociación
- Agrupar a las Empresas de Ingeniería, Consultoría y de Servicios Tecnológicos así como fomentar el espíritu, los lazos de solidaridad y colaboración entre las mismas, y su capacidad profesional técnica, de dirección y gestión.
- Representar a los miembros de la ASOCIACIÓN ante cualesquiera Organismos, Entidades e Instituciones, Centros, Oficinas y Dependencias públicas o privadas en cuantos asuntos sean de su interés y así lo soliciten.
- Intervenir en las relaciones laborales contribuyendo en paralelo a los sindicatos a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios.
- Apoyar la promoción e imagen de la Ingeniería, la Consultoría y los Servicios Técnicos españoles en el interior y en el exterior, asumiendo ante la Administración la representación del Acuerdo Sectorial de Exportación con la participación e iniciativa de las Empresas y Asociaciones interesadas en el mercado exterior
- Apoyar la representación, promoción y defensa de los intereses comunes de sus miembros, tanto dentro como fuera de España.
- Fomentar que el desarrollo profesional de las empresas se realice a la luz del máximo respeto por el equilibrio medioambiental adoptando cuántas iniciativas sean necesarias para conseguir la máxima utilidad para sus miembros, la economía y la sociedad en general en el marco de un autentico desarrollo sostenible.
- Ofrecer a los clientes y, en general, a terceras personas, las garantías éticas y técnicas inherentes a su condición de miembro de la
ASOCIACIÓN, de acuerdo con el Código Deontológico de la misma. - Expresar el punto de vista colectivo de las Empresas asociadas en cuestiones de interés general o particular del sector.
Actividades
La ASOCIACIÓN desarrollará cuantas actividades sean necesarias para conseguir la plena satisfacción de sus objetivos. En particular:
- Promover, a través de los cauce legales existentes, las reformas legislativas, económicas y, en general, de todo orden que aseguren el óptimo desarrollo de las empresas de Ingeniería y Consultoría.
- Potenciar y difundir la imagen pública de las empresas de Ingeniería y Consultoría dando a conocer la relevancia y trascendencia de su actividad y la excelencia de su competencia.
- Promover la máxima presencia de la ASOCIACIÓN en todo el territorio nacional a través de una estructura territorial basada en ASOCIACIONES TERRITORIALES de ámbito autonómico.
- Colaborar solidariamente con todas las organizaciones profesionales supranacionales en la defensa de los intereses de la Ingeniería y Consultoría por ende de los intereses de la Sociedad en general.
- Intervenir en la negociación colectiva laboral, el planteamiento de conflictos colectivos de trabajo, el diálogo social y la participación
institucional en los organismos públicos de las administraciones laborales. - Desarrollar la creación de Grupos de Trabajo, organización de Jornadas, Seminarios, Congresos, y en general cuantas iniciativas ayuden a la mejora de la capacitación de las empresas españolas de Ingeniería y Consultoría.
- Desarrollar y mantener un sistema de información permanente accesible a todos los miembros de la ASOCIACIÓN que facilite la Gestión del Conocimiento en los ámbitos tecnológicos, estratégicos y gerenciales de su interés.
- La ASOCIACIÓN, aún teniendo en cuenta su carácter no lucrativo, podrá establecer convenios o contratos a título oneroso, con los Organismos de la Administración española en sus distintos niveles y con los Organismos o Entidades internacionales, que tengan como contenido la realización de actividades vinculadas con la promoción y el desarrollo de la técnica e ingeniería españolas. Para la edición de publicaciones y producción de películas y audiovisuales, la ASOCIACIÓN podrá constituirse en editora y productora, de
acuerdo con las normas establecidas en la vigente legislación.



