Ministerio de Obras Públicas y Transportes de Costa Rica

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En 1860 dada la importancia que iban adquiriendo los edificios públicos, caminos y demás obras construidas por cuenta de los fondos nacionales o de las provincias, se consideró pertinente crear una institución con el objeto de que éstas se construyeran bajo su responsabilidad y en consideración con las reglas del arte. Esto por cuanto además de asegurar su solidez y estabilidad, contribuiría a la hermosura y ornato de las poblaciones. Fue así como mediante Decreto LI del 20 de octubre de 1860, durante la presidencia de don José María Montealegre, se crea la Dirección General de Obras Públicas. En él se indica que el funcionario ejecutivo principal debe reunir las siguientes características: método de nombramiento Presidencial, título del cargo Director General de Obras Públicas, requisitos necesarios para el puesto ser Ingeniero Civil y reunir conocimientos técnicos en materia de arquitectura.

Asimismo, señala que dependerán de este funcionario todos los empleados encargados de construir caminos y demás trabajos públicos en la parte técnica del ramo de policía, así como los nombrados por el Gobierno o por las Municipalidades, propuestos en terna del mismo Director. En lo relativo a construcción y reparación de las obras públicas, tenía voto afirmativo, pero para darlo debía coordinar con el Gobernador de la Provincia en donde estuviera situada o debiera ubicarse la obra que se intentaba reparar o construir. Era miembro técnico, exoficio, de todas las juntas creadas o que se crearan para objetos y obras de interés general.

La Dirección General de Obras Públicas inicialmente estuvo adscrita a Secretarías de Estado tales como las de Hacienda, Guerra, etc., y luego pasó a formar parte de la Cartera de Obras Públicas, cuando ésta se estableció el 4 de agosto de 1870 y posteriormente de la de Fomento, cuando ésta última se creó el 17 de junio de 1881, manteniéndose vigente hasta 1948, salvo en el lapso comprendido entre el 8 de junio de 1917 y el 9 de agosto de 1919, durante el cual rigió la fugaz Constitución Política de 1917, que sustituyó las Secretarías de Estado por Ministerios.

El General don Juan Bautista Quirós Segura, pasó de Secretario a ministro de Fomento en 1917, y formaba parte del Gabinete del Presidente don Federico Tinoco Granados. El 8 de mayo de 1948, fecha en que se constituyó un Gobierno Provisional de la Nación para que ejerciera sus funciones con nombre de Junta Fundadora de la Segunda República, asumiendo los Poderes Legislativos y Ejecutivos, se nombra a las personas que fungirán como Ministros de Estado. Dentro de ellos se encuentra don Francisco José Orlich Bolmarcich como Ministro de Obras Públicas, según decreto de Ley N°1 del 8 de mayo de 1948, en esta fecha entonces el Ministerio de Fomento se transforma en Ministerio de Obras Públicas.

Mediante, Ley N°3155 del 5 de agosto de 1963, se crea el Ministerio de Transportes en sustitución del Ministerio de Obras Públicas, asumiendo las obligaciones del anterior que fueran compatibles con los objetivos principales del nuevo: construir, mantener y mejorar la red de carreteras nacionales, carreteras regionales y caminos de todo el país, planes cooperativos, regular y controlar el tránsito, construir, mantener y mejorar los aeropuertos nacionales controlando el transporte aéreo, controlar y regular el transporte ferroviario, regular y mejorar el transporte marítimo.

En el artículo 3º de la respectiva Ley, asume las Direcciones Generales de Tránsito y Aviación civil, el Consejo Superior de Tránsito y la Junta de Aviación Civil. Se establece además que las labores de construcción que realice el Ministerio se harán preferentemente por el sistema de contratos por licitación, procurando contratarlas con el mayor número de personas o de empresas nacionales dedicadas a la construcción. Además, por Ley N°4786 del 5 de julio de 1971 se reforma la Ley anterior, constituyéndose en Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

En 1973 se crea el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante la Ley N°5150 publicado en el Alcance N°66 a la Gaceta N°106 del 06 junio de ese mismo año. Mediante, la Ley N°6324, publicado en el Alcance N°04 a la Gaceta N°97 del 25 de mayo de 1979, "Ley de Administración Vial"; se crea el Consejo de Seguridad Vial. Posteriormente, los Decretos Ejecutivos N° 24730-MOPT, publicado en el Alcance N°50 a La Gaceta N°215 del 13 de noviembre de 1995; N° 25099-MOPT, publicado en La Gaceta N°85 del 06 de mayo de 1996; N° 25138-MOPT, publicado en La Gaceta N°95 del 20 de mayo de 1996; y N° 25183-MOPT, publicado en La Gaceta N°110 del 11 de junio de 1996; se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para el trabajo por procesos.

Además, mediante los Decretos Ejecutivos, N° 24848-MOPT, publicado en La Gaceta N°14 del 19 de enero de 1996; N° 25151-MOPT, publicado en el Alcance N°29 a La Gaceta N° 99 del 24 de mayo de 1996; N° 26570-MOPT, publicado en La Gaceta N°09 del 14 de enero de 1998; N°26689-MOPT, publicado en La Gaceta N° 40 del 26 de febrero de1998; N°26865-MOPT, publicado en La Gaceta N° 82 del 29 de abril de 1998; N°27110-MOPT, publicados en Las Gacetas N° 126 del 01 de julio de 1998; se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que fundamentado en el trabajo por procesos y la participación activa de los equipos de trabajo, por medio de una estructura plana y flexible le permita a la Administración la agilidad en la toma de decisiones, la asignación de responsabilidades y la movilización de recursos de acuerdo con sus necesidades.

La modificación de la estructura organizativa fue aprobada por la Subárea de Sistemas Administrativos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes; así como por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica mediante los documentos DM-328-96, de 12 de abril de 1996; DM-270-96 de 21 de marzo de 1996; DM-387-96 del 29 de abril de 1996 ; DM-970-95 del 09 de octubre de 1995, Reforma del Estado del Ministerio de la Presidencia, creada para tales efectos.

Con la publicación de la Ley N°7762 "Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos", en el Alcance N°17 a La Gaceta N°98 del 22 de mayo de 1998; se crea el Consejo Nacional de Concesiones, el cual regula los contratos de concesión de obras públicas y de obras con servicios públicos. Mediante, la Ley N°7798, publicado en el Alcance N°20 a La Gaceta N°103 del 29 de mayo de 1998; se crea el Consejo Nacional de Vialidad que se encarga de regular la construcción y conservación de las carreteras, calles de travesías y puentes de la red vial nacional.

Con base en las recomendaciones de la Consultoría Louis Berger Internacional, las cuales contaron con la anuencia del Ministro de Planificación y Política Económica, expresada en el oficio N° DM57-99 del 26 de marzo de 1999, se reestructura nuevamente el Ministerio de Obras Públicas, según el Decreto Ejecutivo N°27917-MOPT, publicado en La Gaceta N°112 del 10 de junio de 1999. Se crea el Consejo de Transporte Público mediante la Ley N°7969, "Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi", publicado en La Gaceta N°20 del 28 de enero del 2000; el cual se encarga de definir las políticas y ejecutar los planes y programas nacionales relacionados con las materias de su competencia.

Mediante, el Decreto Ejecutivo N°28542-MOPT, publicado en La Gaceta N°62 del 28 de marzo del 2000; se modifica el Decreto Ejecutivo N°26865-MOPT, en el cual se reestructura la Dirección de Aviación Civil. Además, mediante el Decreto Ejecutivo N°28599-MOPT, publicado en La Gaceta N°88 del 09 de mayo del 2000; se crean las Oficinas Regionales del Consejo de Transporte Público en todo el territorio nacional.

Con base en el Decreto Ejecutivo N°28617-MOPT, publicado en La Gaceta N°91 del 12 de mayo del 2000; se crea el Consejo Portuario Nacional, el mismo es un órgano de coordinación y enlace, -nivel superior-entre el Poder Ejecutivo y los demás órganos e instituciones descentralizadas y desconcentradas del Estado, que tengan competencia en materia portuaria y marítima, y el sector empresarial, trátese de exportadores, importadores, transportistas y demás usuarios o clientes de los servicios portuarios.

Mediante, el Decreto Ejecutivo N°29547-MOPT, publicado en La Gaceta N°108 del 06 de junio del 2001; se modifica el Decreto Ejecutivo 27917-MOPT, en lo que respecta al capítulo VII, artículos 38, 39, 40, 41 y el capítulo IX, artículo 43, pasando la División de Puertos a llamarse División Marítimo Portuaria y conformada por Direcciones. Además, mediante el Decreto Ejecutivo N° 29673-MOPT, publicado en la Gaceta N° 149 del 06 de agosto del 2001; se crea nuevamente la División Administrativa, además se deroga el artículo N° 08 del Decreto Ejecutivo N° 27917-MOPT.

Posteriormente, mediante el Decreto Ejecutivo N° 30616-MOPT, publicado en La Gaceta N° 156 del 16 de agosto del 2002; deroga el artículo N° 37 del Decreto N° 27917-MOPT, por lo que la Asesoría Jurídica asume las funciones, atribuciones y personal de la Unidad Técnico-Legal de la División de Transportes. El 23 de septiembre del 2003, mediante el Decreto Ejecutivo N°31363-MOPT, publicado en La Gaceta N°182, “Reglamento de Circulación por Carretera con Base en el Peso y las Dimensiones de los Vehículos de Carga”; crea la División de Circulación y Transporte de Carga y sus direcciones.

Mediante, Disposición Interna N°2004-0447 del 06 de febrero de 2004, suscrita por el señor Ministro, se trasforma la Proveeduría Institucional en la Dirección de Contrataciones, responsable de realizar los procedimientos de adquisición de bienes y servicios que requiera la Institución y dependiendo del Nivel Superior. Además se crea la Dirección de Almacenamiento y Distribución de Bienes, responsable de supervisar el manejo, distribución y uso de los bienes adquiridos, dependiendo de la División Administrativa. Además, mediante Dictamen N°034-03, publicado en el Boletín Informativo N°08 del 30 de agosto del 2004; se indica que el Consejo Técnico de Aviación Civil es un órgano desconcentrado, en grado máximo, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Dirección de Aviación Civil es un órgano desconcentrado del Ministerio y subordinado al Consejo Técnico de Aviación Civil.

Mediante, el Decreto Ejecutivo N°32044-MOPT, publicado en La Gaceta N°200 del 13 de octubre del 2004; se crean en la División de Obras Públicas las Macro Regiones de Guanacaste, San Carlos y Pacífico Central y se modifica los Decretos Ejecutivos N°27917-MOPT y 28814-MOPT, en lo que respecta a eliminar las Direcciones Regionales IV, VI, VII, XII y XIII y modificar la Dirección Regional III. El 16 de febrero del 2005, mediante el Decreto Ejecutivo N°32227-MOPT, publicado en La Gaceta N°33; se modifica el inciso 1.3 del artículo 1, del Decreto Ejecutivo N°32044-MOPT del 13 de octubre del 2004, en cuanto a la conformación de la Macro Región Pacífico Central.

Mediante, Circular N° DM-3438-2005 del 21 de junio del 2005, del señor Ministro, y con fundamento en el Informe AG-19-2005 de 17 de mayo del 2005, se deja sin efecto la Disposición Interna N° 2004-0447 de 06 de febrero del 2004 y se crea nuevamente la Proveeduría Institucional, dependiendo de la División Administrativa. Además, mediante el Decreto Ejecutivo 32461-MOPT, publicado en La Gaceta N°139 del 19 de julio del 2005; se excluye del Decreto Ejecutivo N°27917-MOPT, publicado en La Gaceta N°112 del 10 de junio de 1999, del punto b), del artículo 16, a la Dirección de Ayuda Comunal; y se crea el Departamento de Ayuda Comunal dependiendo de Dirección de Edificaciones Nacionales.

Mediante, la Circular N°2005-4488 del 05 de agosto del 2005, del Despacho de señor Ministro, se crea la Dirección de Almacenamiento y Distribución de Bienes, en la División Administrativa, con el fin de fortalecer la Proveeduría Institucional. Posteriormente, mediante la Ley-8431 Reforma de varios artículos de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres N°7331, publicado en La Gaceta N° 254 del 28 de diciembre del 2004 y el oficio N° DM-567-06 del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económico del 05 de mayo del 2006, se crea el Departamento de Control y Atención de Recursos de Inconformidad en la Dirección General de la Policía de Tránsito.

El 23 de agosto del 2005, mediante la Circular N° DVT05-1158 del Despacho del señor Viceministro de Transportes, se crea la Dirección de Ferrocarriles en la División de Transportes. Mediante la Circular N° DM-3033-2006 del 15 de mayo del 2006, del Despacho de la Ministra de Obras Públicas y Transportes, se crea la Dirección de Puentes en la División de Obras Públicas.

Finalmente, mediante el Decreto Ejecutivo N°33458-MOPT, publicado en La Gaceta N°244 del 20 de diciembre del 2006, se deroga el artículo 89 del Decreto Ejecutivo N°31363-MOPT, en lo que corresponde a la creación de la División de Circulación y Transporte de Carga, además se modifica todas las disposiciones de los Decretos Ejecutivos Nos. 31363-MOPT y 32191-MOPT, en donde se lee División de Circulación y Transportes de Carga o cualquiera de sus dependencias para que en su lugar se lea el órgano competente según la aprobación de la estructura orgánica en cada Consejo donde se traslada las funciones correspondientes.

Objetivos

  • Dotar al país de la infraestructura del transporte requerida y velar por la adecuada operativización del Sistema del Transporte.
  • Dictar las políticas y lineamiento para que el Sector Transporte brinde un adecuado servicio al usuario, acorde con las disponibilidades de recursos y los requerimientos del país.
  • Planificar, coordinar, dirigir, controlar y fiscalizar las acciones del Sector Transporte, a fin que éste responda a las necesidades del país.
  • Lograr que los sistemas y servicios de Transporte sean eficientes y seguros, en términos económicos, ambientales y sociales.
  • Orientar los recursos del Sector Transporte a los programas y planes establecidos.
  • Modernizar las Instituciones del Sector y su marco legal.

Funciones

  • Determinar, con base en estudios y planes elaborados al efecto y conjuntamente con el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, el orden de prioridades en materia de construcciones viales, portuarias y aeroportuarias.
  • Planificar, construir y mejorar las carreteras y caminos. Mantener las carreteras y colaborar con las Municipalidades en la conservación de los caminos vecinales. Regular y controlar los derechos de vía de las carreteras y caminos existentes o en proyecto. Regular, controlar y vigilar el tránsito, sus consecuencias ambientales y el transporte por los caminos públicos.
  • Planificar, construir, mejorar, mantener, operar y administrar los aeropuertos nacionales y sus anexos. Regular y controlar el transporte y el tránsito aéreo y sus derivaciones, por medio de un Consejo Técnico de Aviación Civil y por las dependencias administrativas que se estime convenientes.
  • Planificar, construir, mejorar y mantener los puertos de altura y cabotaje, las vías y terminales de navegación interior, los sistemas de transbordadores y similares. Regular y controlar el transporte marítimo internacional, de cabotaje y por vías de navegación interior.
  • Regular, controlar y vigilar los transportes por ferrocarriles y tranvías.
  • Regular y controlar el transporte continúo de mercaderías a granel.
  • Planificar, regular, controlar y vigilar cualquier otra modalidad de transporte no mencionado en este artículo.
  • Construir, mejorar y mantener las edificaciones y demás obras públicas no sujetas a disposiciones legales especiales y vigilar porque se les dé el uso adecuado. La planificación de estas obras se hará conjuntamente con los organismos a los cuales incumbe su funcionamiento, operación y administración.
  • Planificar, construir, mejorar y conservar obras de defensa civil, para controlar inundaciones y otras calamidades públicas.
  • Planificar y efectuar cartas geográficas, hidrográficas y mapas de la República. Estudiar, investigar y laborar sobre aspectos geográficos, hidrográficos y de otra índole que sean complemento de esas funciones.

Véase también

Enlaces externos

http://www.mopt.go.cr/

Herramientas personales
Proyecto realizado por:
Asociación Española de la Carretera
proy. TSI-070100-2008-50
financiado por:
Ministerio de Industria Turismo y Comercio
IV Edicin del "Premio Internacional a la Innovacin en Carretera Juan Antonio Fernandez del Campo"