Ministerio de Fomento

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El Ministerio de Fomento de España es el departamento ministerial encargado de la preparación y ejecución de la política del Gobierno en materia de infraestructuras de transporte terrestre, aéreo y marítimo de competencia estatal, y el control, la ordenación y la regulación administrativa de los servicios de transporte correspondientes; la ordenación y dirección de todos los servicios postales y telegráficos; el impulso y dirección de los servicios estatales relativos a astronomía, geodesia, geofísica y cartografía y la planificación y programación de las inversiones relativas a los servicios mencionados.

El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos directamente dependientes del Titular del Ministerio:

  • La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, de la que depende la Secretaría General de Infraestructuras.
  • La Secretaría de Estado de Transportes, de la que depende la Secretaría General de Transportes.
  • La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación.
  • La Subsecretaría de Fomento.

Como órgano de apoyo político y técnico del Titular del Ministerio de Fomento existe un Gabinete, cuyo titular tiene el rango de director general, con la estructura que se establece en el artículo 18 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril.

Contenido

Estructura

Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras

La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras es el órgano directamente responsable, bajo la dirección del titular del Departamento, de la definición y propuesta de las políticas del Ministerio referentes a la planificación de las infraestructuras del transporte, y la definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a la realización de infraestructuras del transporte a través de los órganos y organismos públicos de ella dependientes.

La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras ejerce, respecto de las unidades dependientes de ella, las atribuciones previstas en el artículo 14 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. En particular, le corresponden las siguientes funciones:

  • La formulación, revisión y seguimiento de la planificación estratégica del Departamento en materia de infraestructuras y transporte, de acuerdo con su contribución a la sostenibilidad del sistema de transporte, su rentabilidad y su impacto social y territorial.
  • La formulación de la planificación y programación del Departamento en materia de infraestructuras y transportes, con carácter previo a su elevación al Consejo de Ministros, así como su revisión y seguimiento, y la promoción de medidas para favorecer la intermodalidad y la movilidad sostenible, sin perjuicio de las atribuciones de la Secretaría de Estado de Transportes.
  • La programación de inversiones en infraestructuras, sin perjuicio de las atribuciones de la Secretaría de Estado de Transportes y de las que corresponden a la Subsecretaría en relación con la programación y presupuestación de recursos económicos.
  • La ejecución, directamente o a través de los organismos y entidades dependientes de la Secretaría de Estado, de las infraestructuras del transporte por carretera y ferrocarril.
  • La coordinación y participación en los instrumentos de cooperación internacional que sean precisos para la planificación y desarrollo de las redes transeuropeas de transporte y las conexiones transfronterizas, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a otros centros directivos del Departamento.
  • La coordinación de la actividad de los órganos y entidades de la Secretaría de Estado, así como la supervisión y seguimiento de los programas de actuación plurianual.
  • La determinación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación de los servicios esenciales en el ámbito de sus competencias, en lo supuestos de conflicto laboral o de absentismo empresarial.
  • De la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, bajo la superior dirección de su titular, dependen los siguientes órganos directivos:
  1. La Secretaría General de Infraestructuras.
  2. La Dirección General de Planificación.

Depende del Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, el Organismo autónomo Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX). De conformidad con lo previsto en los artículos 18.2 y 46 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, no será preciso que el titular de la Dirección General del Organismo autónomo CEDEX ostente la condición de funcionario, en atención a las características especiales de este órgano.

Como órgano de apoyo político y técnico del Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras existe un Gabinete, con nivel orgánico de subdirección general, con la estructura que se establece en el artículo 18 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril.

Secretaría de Estado de Transportes

La Secretaría de Estado de Transportes es el órgano directamente responsable, bajo la dirección del titular del Departamento, de la definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a la ordenación general de los transportes terrestre, marítimo y aéreo de competencia estatal, así como de las relativas a la realización de infraestructuras de transportes portuario y aeroportuario a través de los órganos y entidades públicas empresariales de ella dependientes.Asimismo, le corresponde a la Secretaría de Estado de Transportes formular propuestas en relación con los procesos de planificación a que se refiere el artículo 2.2, de acuerdo con los criterios dirigidos a la mejora de la eficacia, eficiencia y calidad de los servicio del transporte terrestre.

La Secretaría de Estado de Transportes ejerce, respecto de las unidades dependientes de ella, las atribuciones previstas en el artículo 14 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

En particular, le corresponden las siguientes funciones:

  • La ordenación general de los transportes terrestre, marítimo y aéreo de competencia estatal.
  • La definición de los objetivos en materia de planificación portuaria y aeroportuaria y de las inversiones en puertos y aeropuertos de interés general, en el marco de las directrices señaladas en la planificación general.
  • La definición de los objetivos en materia de ordenación de los transportes terrestres y formulación de propuestas para la planificación de las infraestructuras en relación al contenido del artículo 2.2.
  • La determinación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación de los servicios esenciales en los distintos modos de servicios de transporte, en los supuestos de conflicto laboral o de absentismo empresarial.
  • La supervisión de los programas de actuación plurianual y de la gestión de los organismos públicos adscritos a la Secretaría de Estado.
  • La calificación de aeropuertos civiles.
  • La propuesta de autorización por el Titular del Ministerio de Fomento para el establecimiento y las modificaciones estructurales de los aeropuertos de interés general.
  • El informe previo sobre el establecimiento, modificación y apertura al tráfico aéreo de los aeródromos y aeropuertos de competencia de las comunidades autónomas, y sobre la aprobación de planes o instrumentos de ordenación y delimitación de su respectiva zona de servicios, así como la certificación de compatibilidad del espacio aéreo en el caso de helipuertos de competencia autonómica.
  • La propuesta de aprobación o modificación de planes directores de los aeropuertos de interés general.
  • La programación, dirección y coordinación de los estudios sectoriales necesarios, informes de coyuntura y análisis del funcionamiento de los servicios de transporte y de los correspondientes órganos de gestión, con el fin de detectar las disfunciones y las necesidades y demandas sociales en los distintos modos de transporte.
  • El impulso de las políticas dirigidas a la lucha contra el cambio climático, el ahorro energético y la mejora de la eficiencia de los servicios del transporte.
  • La cooperación con las Administraciones Territoriales para el impulso de los Planes metropolitanos de movilidad sostenible, en coordinación con la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos directivos del Departamento.
  • La ordenación de la intermodalidad en los distintos modos de transporte y la formulación de propuestas de acuerdo con el artículo 2.2.
  • El seguimiento y aplicación de la política de transportes de la Unión Europea, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos directivos del Departamento.
  • La gestión de las ayudas destinadas a promover la movilidad sostenible.

De la Secretaria de Estado de Transportes, bajo la superior dirección de su titular, dependen los siguientes órganos directivos:

  1. La Secretaría General de Transportes.
  2. La Dirección General de Aviación Civil.

Depende del Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría de Estado de Transportes la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), correspondiendo a dicho órgano la dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de su actividad.

Como órgano de apoyo político y técnico del Secretario de Estado de Transportes existe un Gabinete, con nivel orgánico de subdirección general, con la estructura que se establece en el artículo 18 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril.

Depende directamente de la Secretaría de Estado, con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo, la División de Prospectiva y Tecnología del Transporte, a la que corresponde el estudio y desarrollo de programas de movilidad sostenible en los servicios de los distintos modos de transporte, así como el seguimiento, información permanente y control sobre la aplicación de la política de transportes de la Unión Europea, en coordinación con lo centros directivos competentes. Asimismo, le corresponde el fomento de los sistemas inteligentes de transporte y de las nuevas tecnologías aplicables a los distintos modos de transporte.

De la Secretaría de Estado de Transportes, a través de esta División de Prospectiva y Tecnología del Transporte, dependen la Comisión para la coordinación del transporte de mercancías peligrosas y la Comisión para la coordinación del transporte de mercancías perecederas.

Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación

Corresponde a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación, con rango de subsecretaría, bajo la superior dirección del titular del Departamento, la coordinación entre las políticas sectoriales del Departamento, el impulso de las relaciones institucionales y de colaboración con instituciones, organismos y entidades internacionales y con las Administraciones públicas territoriales en las materias de responsabilidad del Ministerio de Fomento y, en particular, las siguientes funciones:

  • El impulso y coordinación de fórmulas de colaboración y de cooperación con otras administraciones públicas con competencias en infraestructuras y transporte.
  • El seguimiento de planes, convenios y demás acuerdos de colaboración y cooperación que se desarrollen en el ámbito de competencias del Departamento.
  • La planificación y coordinación de la participación en organismos internacionales y de la política de relaciones internacionales del Departamento, en colaboración y a través de los órganos de acción exterior del Estado, sin perjuicio de las competencias de los órganos superiores y demás órganos directivos del Departamento.
  • El impulso de medidas y la difusión de las recomendaciones de seguridad en los diferentes medios de transporte.
  • Las funciones que, en relación con los fondos destinados a financiar trabajos de conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico español o de fomento de la creatividad artística, corresponden al Ministerio de Fomento.
  • La planificación y coordinación del desarrollo de la política de comunicación, incluidas las campañas de divulgación y publicidad institucional, y la colaboración en la planificación de la política editorial del Departamento.
  • La dirección e impulso de la política en geografía y coordinación en materia de cartografía, astronomía, geodesia y geofísica.

De la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación dependen los órganos directivos siguientes:

  1. La Dirección General de Relaciones Institucionales.
  2. La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.

Depende del Secretario General de Relaciones Institucionales y Coordinación, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, el organismo autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG).

El Secretario General de Relaciones Institucionales y Coordinación es el presidente del Consejo Superior Geográfico y de la Comisión Española de Geodesia y Geofísica.

Subsecretaría de Fomento

Corresponde a la Subsecretaría de Fomento el desempeño de las funciones que el artículo 15 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, atribuye a los Subsecretarios, así como la dirección, impulso y supervisión de los órganos directamente dependientes de ella.

Además de las funciones enumeradas en el apartado anterior, se atribuyen a la Subsecretaría, sin perjuicio de las competencias funcionales asignadas directamente a las Secretarías de Estado y a las Secretarías Generales, las siguientes funciones:

  • La programación y presupuestación de recursos económicos y financieros del Departamento, el seguimiento de su ejecución y el control del cumplimiento de la política inversora.
  • La definición de las políticas de desarrollo del servicio postal universal; la elaboración de las disposiciones de carácter general en materia postal; el seguimiento e información sobre las políticas comunitarias y las de cooperación al desarrollo en materia postal; la participación en organizaciones postales nacionales e internacionales sin perjuicio de las que corresponden a la Comisión Nacional del Sector Postal; la propuesta de fijación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación del servicio postal universal, y el ejercicio de las funciones de coordinación entre la Comisión Nacional del Sector Postal y el Departamento.
  • La gestión de ayudas en el ámbito de competencias del Ministerio de Fomento no atribuidas a otros órganos del Departamento.
  • El desempeño de las atribuciones del protectorado sobre las fundaciones sujetas al protectorado del Ministerio de Fomento.

Directamente dependientes del Subsecretario existen los siguientes órganos directivos:

  • La Secretaría General Técnica.
  • La Dirección General de Programación Económica y Presupuestos.
  • La Dirección General de Servicios.

Directamente dependiente de la Subsecretaría existen los siguientes órganos, con nivel orgánico de subdirección general:

  • El Gabinete Técnico, con nivel orgánico de Subdirección General, que actúa como órgano de coordinación, apoyo y asistencia inmediata al Subsecretario.
  • La Subdirección General de Régimen Postal, a la que corresponde el ejercicio de las funciones a que se refiere el apartado 2.b) de este artículo.

Están adscritos a la Subsecretaría, con las funciones que les atribuyen las disposiciones vigentes, y sin perjuicio de su dependencia de los Ministerios de Justicia y de Economía y Hacienda, respectivamente, los siguientes órganos con rango de subdirección general:

  • La Abogacía del Estado en el Departamento, dependiente orgánica y funcionalmente de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
  • La Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado, que se estructura en tres áreas: de Fiscalización, de Auditoría y de Contabilidad, cada una de ellas a cargo de un Interventor, que actuarán bajo la dirección de un Interventor Delegado Jefe.

Dependen del Ministerio de Fomento, a través de la Subsecretaría, el Consejo de Obras Públicas.

Quedan adscritas al Ministerio de Fomento, a través de la Subsecretaría:

  • La Comisión Nacional del Sector Postal.
  • El Comité de Regulación Ferroviaria.
  • La Comisión de investigación de accidentes ferroviarios.
  • La Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes de aviación civil.
  • La Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.

Áreas de actividad

  • Carreteras
  • Infraestructuras Ferroviarias
  • Aviación Civil
  • Marina Mercante
  • Transporte Terrestre
  • Régimen Postal
  • Instituto Geográfico Nacional
  • Secretaría General Técnica
  • Órganos Colegiados

Véase también

Enlaces externos

http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/

Herramientas personales
Proyecto realizado por:
Asociación Española de la Carretera
proy. TSI-070100-2008-50
financiado por:
Ministerio de Industria Turismo y Comercio
IV Edicin del "Premio Internacional a la Innovacin en Carretera Juan Antonio Fernandez del Campo"