Entidad Pública del Transporte
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La Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia, se crea mediante la Ley 3/2006, de 8 de mayo, de Creación de la Entidad. Como establece su propia exposición de motivos la finalidad de la misma es “coordinar decididamente las actuaciones en materia de transportes en la Región de Murcia, con el fin de garantizar el derecho a la movilidad de la ciudadanía con un grado de calidad y sostenibilidad homologable al de otros ámbitos análogos de Europa”.
La progresiva ampliación de los núcleos urbanos en los pueblos y ciudades de la Región de Murcia, hace necesario un nuevo diseño del transporte público que lo haga más dinámico y atractivo al ciudadano. La Administración Regional, en colaboración con los Ayuntamientos debe articular las medidas oportunas para ofrecer a la ciudadanía un servicio público de viajeros, atrayente y de calidad.
Para ello, es necesario planificar los servicios de transporte de viajeros y establecer programas de explotación para las empresas prestadoras de los servicios, que sepan conjugar el equilibrio económico de éstas y la inevitable calidad, imprescindible en un servicio de estas características, para que sea atrayente y verdaderamente eficaz, no sólo desde un concepto de agilización o dinamización del trafico rodado, que debe darse como supuesto, sino desde la concepción de ser un instrumento para la consolidación de la calidad de vida de la ciudadanía, aspectos cualitativos que, compatibles con el Medio Natural, son cada vez más necesarios en las sociedades que alcanzan cierto nivel de bienestar como el que disfrutamos en nuestros días.
La elaboración de un marco tarifario común, dentro de una política de financiación que defina el grado de cobertura de los costes por los sistemas integrados de tarifas, estableciendo éstos de acuerdo a la función social que cumple el Transporte Público es una labor obligada.
La cooperación entre la Administración Regional y los municipios que se integren, así como la planificación, ordenación y gestión de los servicios de transporte regular de viajeros, urbanos e interurbanos, así como del tranvía, y la potenciación en el uso de un servicio de transporte público de calidad son retos que deben ser afrontados, con medidas eficientes, en un corto periodo de tiempo.
Para el desarrollo de estos aspectos se crea la Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia, como entidad pública empresarial sujeta al derecho privado, al amparo de lo previsto en los artículos 37 y 46 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Región de Murcia.
La Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia, dotada de personalidad jurídica propia e independiente, queda adscrita a la Consejería competente en materia de transportes, formando parte de la misma la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los municipios de la propia Región de Murcia que se integren.
La Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia, asumirá las competencias que actualmente ostenta la Administración Regional y las de los municipios que voluntariamente se integren en la misma, mediante la formalización del oportuno convenio.
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Régimen Económico
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene atribuidas competencias exclusivas en materia de transporte, cuando no se exceda de su ámbito territorial, en virtud de lo establecido en el artículo 149.1.21 de la Constitución y del artículo 10.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia
Partiendo de esta normativa en el llamado “Bloque de Constitucionalidad” y de las competencias referidas que ostenta la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se aprobó la Ley 3/2006, de 8 de mayo, de Creación de la Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia.
La mencionada ley de creación incluye la definición de la empresa regional y su régimen jurídico, las competencias y funciones, sus órganos de gobierno y administración, así como las atribuciones de los mismos.
Competencias y Funciones
La Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia, ejercerá dentro de su ámbito territorial, limitado a los municipios que se integren en la misma, las competencias que, en materia de servicios regulares de transporte de viajeros interurbanos y urbanos, correspondan a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y a los municipios que se hayan integrado y delegado sus competencias en la misma a través del correspondiente convenio.
Son funciones de la Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia:
- Planificación de los servicios de transporte de viajeros en su ámbito territorial y el establecimiento de programas de explotación para las empresas prestadoras de los mismos.
- Elaboración y proposición al consejero competente en materia de transportes un marco tarifario común para los transportes de viajeros.
- Establecimiento de los regímenes especiales de compensación económica u otras formas de apoyo a las correspondientes empresas afectadas por las obligaciones que de la prestación de un servicio público de deriven.
- Imposición a las empresas titulares de las concesiones de las obligaciones de servicio público que se deban prestar.
- Propuesta al Consejero competente en materia de transportes para el establecimiento y otorgamiento de las concesiones de transporte regular de viajeros de uso general, dentro del ámbito territorial de la propia entidad, así como la aprobación de las oportunas modificaciones de las condiciones esenciales del servicio, así como la unificación de concesiones, o la declaración de caducidad, suspensión o rescate de las mismas.
- Autorizar las modificaciones de las condiciones no esenciales de las concesiones de transporte de viajeros, dentro de su ámbito territorial.
- Autorizar el establecimiento y explotación de servicios de transporte regular de viajeros temporales y con condiciones especiales de prestación, y la autorización de transportes regulares de uso especial.
- Propuesta de actuaciones en materia de inspección, en los servicios de su competencia.
- Tramitación de reclamaciones y quejas sobre el funcionamiento de los servicios públicos de viajeros de su competencia.
- Instrucción y resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial originados por el funcionamiento de los servicios públicos de viajeros gestionados por la entidad.
- Promoción y fomento del transporte público, así como información y relaciones con los usuarios del transporte público de viajeros.
Para el adecuado ejercicio de sus funciones, la Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia, podrá constituir y/o participar en asociaciones, sociedades, empresas y consorcios que, en colaboración con las corporaciones locales, u otras entidades públicas o privadas, gestionen servicios públicos de transporte de viajeros, previa la autorización del Consejo de Gobierno.
En materia de competencias de transporte urbano, le corresponderán aquellas que le sean atribuidas mediante convenio suscrito entre el correspondiente municipio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Medio ambiente
La EPT aun no ha realizado actuaciones para la mejora medioambiental o la electrificación del transporte público.


