Dirección General de IngenierÃa de Tránsito (DGIT)
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Originalmente, como una dependencia de la Dirección General de Transporte Automotor, existió el Departamento de IngenierÃa de Tránsito. Después por la necesidad de tecnificar y regular el tránsito y el transporte en el territorio nacional, se le dio el rango de Dirección General mediante el Decreto Ejecutivo N° 8625 - T del 24 de mayo de 1978.
De acuerdo con la Ley N° 6324 (Ley de Administración Vial), publicada en el Diario Oficial La Gaceta del 24 de Mayo de 1979, se constituyen las siguientes dependencias de la División de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes:
- Consejo de Seguridad Vial
- Comisión Técnica de Transportes
- Dirección de IngenierÃa de Tránsito
- Dirección de la PolicÃa de Tránsito
- Dirección de Transporte Automotor
El capÃtulo III de esta norma legal establece el objetivo y las funciones de la Dirección General de IngenierÃa de Tránsito, las cuales se describen a continuación:
- Estudiar y analizar los problemas de tránsito y formular las polÃticas de administración de tránsito.
- Estudiar y analizar las consecuencias ambientales y sociales del tránsito tales como contaminación y accidentes, y formular estrategias para resolverlas.
- Elaborar normas, especificaciones y procedimientos, asà como preparar diseños y planos operacionales para resolver los problemas de tránsito, reducir al máximo sus consecuencias ambientales y resolver los problemas de seguridad vial.
- Elaborar polÃticas, normas y procedimientos sobre educación vial para todo el paÃs, e implantar el ordenamiento del tránsito que sea necesario con el fin de que haya una reducción de los accidentes. Para ello coordinará lo que corresponda con el Ministerio de Educación Pública y formulará las normas de capacitación técnica para la polÃtica de tránsito.
- Diseñar y poner en ejecución programas referentes a la instalación de semáforos, señales viales, marcas sobre el pavimento y otros dispositivos para el control del tránsito, asà como programas de operación de tránsito para incrementar la capacidad y la seguridad vial.
- Revisar los programas, planos y diseños para la construcción o mejoramiento de la infraestructura del transporte vial, para garantizar su conformidad con las polÃticas y estrategias de la administración del tránsito y con las normas técnicas de la IngenierÃa de Tránsito.
- Planificar las rutas y servicios de transporte público, sobre la base del análisis de la demanda, y formular recomendaciones para la organización y regulación de tales servicios.
- Preparar y presentar a conocimiento del Consejo de Seguridad Vial los presupuestos de ingresos y egresos relativos al Fondo contemplado en el artÃculo 10 de la Ley de Administración Vial (Fondo de Seguridad Vial).
- Todas aquellas otras relativas a la IngenierÃa de Tránsito que sean asignadas por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Para cumplir con estas funciones a la Dirección General de IngenierÃa de Tránsito le dotó en ese momento de la siguiente organización:
- Dirección General.
- Subdirección General.
- AsesorÃa Técnica a Municipalidades.
- Departamento Administrativo.
- Departamento de Estudios Básicos y Diseños.
- Departamento de Semáforos.
- Departamento de Señalamiento Vial.
- Departamento de Transporte Público.


