Colegio Oficial de Geólogos
De Wikivia
Es una institución sin finalidad lucrativa creada para la defensa y apoyo de los intereses de los Geólogos, creada por Ley 73/1978 de 26 de Diciembre, es una corporación de Derecho Público, amparada por Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurÃdica propia y capacidad plena para el ejercicio de sus funciones y cumplimiento de sus fines.Goza, a todos los efectos, del rango de preeminencia atribuidos a esta clase de entidades por la Ley de Colegios Profesionales, por lo que es la única corporación legitimada para elevar a los Poderes Públicos los problemas y aspiraciones de la profesión, asumiendo en tal sentido la representación del colectivo profesional.
Los Estatutos del ICOG fueron aprobados por el Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre de 2001. Se encuentran a disposición de sus colegiados en la Sede Central y Delegaciones del Colegio.
Funciones
- Servir con normas propias a los intereses de la colectividad.
- Representar y defender la profesión ante la Administración, Instituciones, Tribunales y particulares.
- Promover la dignificación social y económica de los colegiados, procurando la formación integral y el perfeccionamiento continuado de los mismos, ordenando el ejercicio de la profesión, de acuerdo con la ética y deontologÃa profesional.
- Organizar actividades y servicios de interés colegial, sean de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial, de previsión y otros análogos.
- Asesorar y defender a los colegiados, en el ejercicio de los derechos profesionales en sus relaciones con la Administración y las Empresas
- Adoptar las medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional, denunciando y persiguiendo ante la Administración y Tribunales de Justicia los casos conocidos por la Junta de Gobierno.
- Informar los proyectos de Ley y disposiciones legales que se refieran a funciones profesionales y ámbito de actuación del Geólogo.
- Participar en la elaboración de los Planes de Estudios de las distintas Facultades en relación con la profesión.
- Fijar y actualizar las tarifas de honorarios profesionales
- Visar los trabajos profesionales de los colegiados, según lo que se establezca en el Reglamento
Véase también
Enlaces externos
http://www.icog.es/_portal/inicio/inicio.asp
Otros colegios de geólogos
http://www.icog.es/aragon/inicio/inicio.asp
http://www.icog.es/~asturias/index.htm
http://www.icog.es/_portal/noticias/noticias.asp?bid=604&ini=1



