Colegio Oficial de Arquitectos de Cataluña
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La creación de la Escuela de Arquitectura de Barcelona, del año 1845, va a ser la génesis de las asociaciones de arquitectos, origen del cual la organización colegial. La Asociación de Arquitectos de Cataluña va a ser creada en 1874 con un club de afiliación voluntaria al cual se van a adherir la mayorÃa de los profesionales. Aquel tipo de Asociación , que están por toda España, serán básicas para la celebración de los primeros congresos, lo que va a comenzar a plantear la obligatoriedad de la colegialización. En 1916, en el IV Congreso, celebrado en San Sebastián, una comisión se va a encargar de redactar un reglamento colegial que va a ser presentado al Consejo de Ministros.La obligatoriedad de la colegialización para ejercer se basa en el Real Decreto de 27 de Diciembre de 1929. En 1931 es constituido el colegio de arquitectos de España, uno de estos colegios es el de Cataluña, Aragón, Baleares y Logroño. El año 1933, Aragón y Logroño forman su propio Colegio, la entidad queda definida como Colegio de Arquitectos de Cataluña y Baleares. Estos asumirán una estructura colegial propia de 1978. En la primera junta de Gobierno del Colegio, celebrada el 4 de Julio de 1931 con Ricard Giralt. Entre los nombres de arquitectos catalanes que han destacado están Josep LuÃs Sert, Josep Puig i Cadafalch, Sixt Illescas, LluÃs Bonet i GarÃ, Josep Goday, Francesc Folguera, Josep.M. Pericás y Josep Torres Clavé.
Además para ofrecer los servicios básicos para los colegiados se abrió delegaciones en LLeida, Girona y Tarragona.
Fines
- Ordenar, velar y promover el correcto ejercicio profesional de la arquitectura, de acuerdo al interés de la sociedad, dentro del marco de la normativa aplicable de la lealtad y la competencia, estableciendo criterios y normas para garantizar la calidad del trabajo profesional y una remuneración económica justa y coherente.
- Ejercer en toda Cataluña la representación unitaria de la profesión de arquitecto y asegurar la igualdad de todos sus colegiados, asà como la solidaridad y ayuda mutuas.
- Desarrollar la información, la sensibilidad y el espiritú de participación de la sociedad en los servicios relacionados con las Administraciones Públicas.
- Contribuir a la formación y perfeccionamiento de los arquitectos subrayando en todo momento la dimensión social y cultural de su trabajo.
- Apoyar a la competencia de los arquitectos en todos los efectos relacionados con la ordenaicón del territorio y la obligatoriedad de su intervención en la formalización de los actos edificatorios.
- Apoyar la presencia de arquitectos en los procesos de producción y organización derivados de sus funciones especÃficas.
- Garantizar la libertad de actuación de los arquitectos en el ejercicio profesional en cualquier modalidad y velar por que el arquitecto pueda desenvolver su actividad en total independencia de criterios.
- Analizar y definir permanentemente el nivel de responsabilidad que recae sobre el arquitecto, en los procesos de producción en los que interviene, con separación o distinción de los inherentes a los restantes profesionales integrados.
- Velar por la correcta actividad profesional de los arquitectos incorporados al COAC, de acuerdo al ámbito de interés de la sociedad y defensa de su intereses profesionales.



